Actualización CFDI v. 3.3, 09 de Enero 2018
De acuerdo con el Anexo 20, publicado en Diciembre 2016, todas las empresas en México, a partir del 1ro de Abril 2018, deben emitir CFDIs con Complemento de Pago”, para todos los pagos que reciban de sus clientes. •Los Complementos de Pago deben incluir la referencia del documento que se está pagando. •Estos documentos electrónicos deben tener el formato digital -XML- con la información obligatoria requerida y deben ser enviados al gobierno (SAT), siempre a través de un tercero (PAC) considerando el cumplimiento técnico, condiciones de emisión y tiempo máximo de entrega. •Los documentos electrónicos deben ser firmados digitalmente. El tercero (PAC) los recibe, realiza una verificación y envía las notificaciones correspondientes (aprobación / rechazo) en línea. •Los CFDI con complemento de pago deben ser enviados a los clientes, incluyendo la representación gráfica en PDF, considerando las especificaciones técnicas del gobierno (SAT). •Los complementos de pago pueden ser enviados hasta el día 10, del siguiente mes del que fue recibido. Por ejemplo, si el pago se recibió en Abril, cualquier día, se tiene hasta el 1º de Mayo para entregar el complemento de pago correspondiente.